Una corte de apelación en los Estados Unidos falló a favor de un vicealcalde que aseguró haber sido cesado de su puesto debido a que le dio like (“me gusta”) a la página de Facebook del candidato de la oposición, el cual competía con su jefe por el cargo de alcalde.
El caso atrajo la atención de los medios y de las autoridades. ¿Cómo se debe entender un “like” en la red social, en términos de las leyes norteamericanas? ¿Puede ser sujeto de la protección debida al free speech, o “libertad de opinión”, constitucional, según la Primera Enmienda?
De acuerdo con la agencia Reuters, ya en 2012, un funcionario había expresado su desacuerdo en que un “like” fuese considerado una opinión “política”, en el sentido estricto de la palabra. Sin embargo, el fallo de la corte sitúa el asunto desde una nueva perspectiva. En este caso, el vicealcalde Daniel Carter recuperó su empleo.
Con respecto a las razones que se dieron sobre la decisión, se expresó que un “like” es el equivalente moderno de poner una señal en la puerta de la casa, o pararse en una esquina para comunicarle a los transeúntes las opiniones políticas de uno.
Infantil o no, somos una "libre sociedad", ¿o no?
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